Notificaciones judiciales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 197 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que establece que “Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales. Para los efectos de este Código se entenderán como personales las notificaciones surtidas a través del buzón de correo electrónico”, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial ha habilitado para dicho y único fin, el siguiente correo electrónico: notificacionesjudiciales@umv.gov.co